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Consejo de Ministros para la Sustentabilidad aprueba Reglamento para la Ley de Humedales Urbanos



En la Región de Atacama podrían tener esta figura de protección el Parque Kaukari, la Desembocadura del Río Huasco y el Paseo Ribereño de Vallenar.

Con la aprobación de este reglamento y su próxima publicación, empieza a implementarse el proceso de reconocimiento de la calidad de humedales urbanos y se establecen, por primera vez, criterios mínimos para su sustentabilidad. Con ello, se buscará el resguardo efectivo de los beneficios que estos ecosistemas entregan a las ciudades, como áreas verdes, recreación, ecoturismo, control de inundaciones, mitigación del cambio climático, entre otros.

Para la definición de criterios de sustentabilidad de humedales urbanos, el Ministerio del Medio Ambiente contó con el apoyo de ONU Medio Ambiente, bajo el Proyecto GEF Humedales Costeros, y un equipo de expertos en conservación y gestión de humedales del Centro de Humedales del río Cruces de la Universidad Austral de Chile (CEHUM), el Centro de Derecho y Gestión del Agua de la Pontificia Universidad Católica de Chile y la consultora experta en planificación urbana “Geoadaptive”. 

“Con este reglamento, buscamos asegurar la protección de los humedales urbanos, otorgando a los municipios herramientas para proteger y conservar a estos ecosistemas, a través de lineamientos para establecer ordenanzas de protección de humedales, además de ser considerados en la Planificación Territorial a toda escala como área de protección de valor natural”, aseguró la Ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt.

En la Región de Atacama podrían tener esta figura de protección el Parque Kaukari, la Desembocadura del Río Huasco y el Paseo Ribereño de Vallenar.

El Seremi del Medio Ambiente Guillermo Ready, valoró la aprobación de la iniciativa destacando que “como Seremia del Medio Ambiente hemos apoyado decididamente esta iniciativa durante todo su proceso de discusión, y hemos velado por robustecer en él tanto el rol de la institucionalidad ambiental vigente, como el de los Municipios, que son actores claves para la protección efectiva de los humedales urbanos del país”.

El Reglamento de Criterios Mínimos para la Sustentabilidad para Humedales Urbanos entregará lineamientos técnicos que permitan la sustentabilidad de estos humedales, resguardando sus características ecológicas e hidrológicas, promoviendo el uso racional de estos ecosistemas y la gobernanza de ellos, además de guiar a municipios en la elaboración de sus ordenanzas generales de protección de humedales.

Además,  compromete la elaboración de guías técnicas de apoyo para la implementación efectiva de los criterios, la delimitación y caracterización de humedales urbanos y para la evaluación ambiental de proyectos o actividades que se pretendan emplazar en humedales urbanos, además de definir el procedimiento que permitirá el reconocimiento de humedales urbanos en todo el país (ya sea por interés del MMA o por solicitudes de los mismos municipios) y con ello, comenzar con la declaración de los primeros humedales urbanos en el marco de la ley 21.202.

Luego de la aprobación por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, el reglamento debe continuar con su tramitación legal, siendo firmado por el presidente, y posteriormente tomado de razón por la Contraloría General de la República, para luego ser publicado en el Diario Oficial y entrar en plena vigencia.


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