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Ley Sanna inició segunda fase de implementación y amplía cobertura a trasplantes


  • La autoridad laboral en Atacama realizó llamado a conocer sobre la cobertura y beneficios del Seguro de Acompañamiento de Niños y Niñas.
A partir del mes de julio los padres de pacientes de entre 1 y 18 años, de enfermedades que requieren  trasplante, podrán acceder al Seguro de Acompañamiento de Niños y Niñas, más conocido como Ley Sanna. Con ello se inicia la segunda fase de implementación de esta Ley que entró en vigencia en febrero de este año, dando cobertura de licencia médica y subsidio a padres de pacientes oncológicos y que requieren cuidados paliativos por cáncer avanzado.
Mientras que a partir de 2020, se sumará la cobertura en caso de desahucio y  accidentes que impliquen riesgo de muerte o generen una secuela funcional grave de carácter permanente para los niños y niñas.
Al respecto el Seremi del Trabajo, Carlos Leal, manifestó que “hemos comenzado la segunda fase de implementación para beneficiar a padres y madres con la licencia para el cuidado de niños y niñas en caso de trasplante, lo que se suma a la cobertura que tienen los padres y madres de niños con  cáncer con la que se dio inicio a esta Ley”.
Según los datos entregados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, desde la puesta en marcha de la ley a inicios de este añoa la fecha se ha autorizado para pago un total de 789 beneficios, de los cuales  68,5% de los corresponde a  mujeres y el 30,5% a hombres.
Las regiones con mayor número de beneficios son RM (291); Tarapacá  (26); Araucanía (25); Biobío (21), y libertador Bernardo O’Higgins (18).  Mientras que en Atacama sólo se registran tres casos donde las licencias han sido cursadas desde  febrero a la fecha.
En este sentido la autoridad laboral explicó que “el compromiso de nuestro presidente Sebastián Piñera es con las familias y con todos los niños de nuestro país, justamente por eso estamos empeñados en dar a conocer la normativa que ya se está implementando y que inició su segunda fase. A través de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) estamos difundiendo y entregando la mayor cantidad de información a aquellas personas que la requieran y que pueden ser potenciales beneficiarios de este seguro”.
La Ley Sanna otorga permiso para justificar la ausencia laboral del trabajador de 90 días corridos en un período de 12 meses continuos en caso de cáncer y trasplante de órganos sólidos. Además, contempla el pago de una prestación económica con cargo al seguro por el período de duración de la licencia, reemplazando total o parcialmente la remuneración mensual del trabajador.
“El principal objetivo es que cuando un padre o una madre tiene que enfrentar casos tan dramáticos como las enfermedades que detalla la normativa, es fundamental el apoyo. Esto significa que los padres deben tener la posibilidad de ocuparse personalmente del cuidado del hijo o hija, justificar su ausencia temporal al trabajo, con la posibilidad de reintegrase posteriormente a él y mantener un ingreso que les permita cubrir las necesidades de su familia”, expresó Carlos Leal.

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