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Autoridad laboral destaca proyecto de ley de Trabajo a Distancia


  • La iniciativa presentada por el gobierno promueve relaciones laborales basadas en la confianza, donde deberá primar el cumplimiento por objetivos por sobre las horas que la persona está en la oficina.
Como un gran avance para concretar más oportunidades de puestos de trabajo catalogó el Seremi del Trabajo en Atacama, Carlos Leal, al proyecto de ley de Trabajo a Distancia iniciativa presentada por el oficialismo y que pone a la vanguardia la actual legislación chilena en material laboral.
La norma ayudará a que los trabajadores con responsabilidades familiares, estudiantes, personas con discapacidad, adultos mayores o que tengan cualquier otra necesidad especial o interés, como la reducción de tiempos de traslado o mejoramiento de la calidad de vida, entre otros factores, puedan pactar con el empleador, al inicio o durante la vigencia de la relación laboral, que la prestación de los servicios se realice fuera de las dependencias de la empresa.
En este sentido el Seremi del Trabajo, Carlos Leal, manifestó que “nuestro presidente Sebastián Piñera ha impulsado esta iniciativa inclusiva que permite que más chilenos tengan acceso al campo laboral. El mundo del trabajo ha cambiado y con ello debemos ir poniéndonos acorde con los tiempos”.
“En definitiva es un proyecto que fomenta la calidad de vida porque da libertad para  adecuar los horarios a las necesidades de cada trabajador, abriendo espacio para que hombres y mujeres puedan asignar momentos del día a actividades deportivas y de recreación compatibilizadas con trabajo”, agregó la autoridad laboral.
La iniciativa presentada promueve relaciones basadas en la confianza, donde trabajadores y empleadores confían mutuamente, avanzando hacia una estructura de trabajo menos convencional, donde deberá primar el cumplimiento por objetivos por sobre las horas que la persona está en la oficina.
Según el proyecto de ley la decisión de acogerse a la modalidad de trabajo a distancia será voluntaria tanto para el empleador como para el trabajador. En el caso que se acuerde con posterioridad al inicio de la relación laboral, las partes deberán establecer un plazo, el que no podrá ser inferior a tres meses, donde cualquiera de ellas tendrá derecho a retomar de forma unilateral las condiciones originalmente pactadas. Asimismo, si el contrato comenzó bajo modalidad de trabajo a distancia, sólo se podrá optar por el sistema presencial previo acuerdo de ambas partes.

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