- La normativa que entró en vigencia el 1 de
abril de 2018 indica que empresas con 200 o más trabajadores deberán
cumplir con un 1% de trabajadores en situación de discapacidad
Ante el pronto inicio de la temporada, el gremio agrícola representado
por Apeco (Asociación de Productores y Exportadores Agrícolas del Valle de
Copiapó) se reunió con el Seremi del Trabajo y la Dirección del Trabajo en
Atacama para presentar sus consultas y aclarar dudas respecto a la
implementación de la ley de inclusión laboral para personas en situación de
discapacidad.
La normativa que entró en vigencia el 1 de abril de 2018 indica que
empresas con 200 o más trabajadores deberán cumplir con un 1% de trabajadores
en situación de discapacidad o asignaciones de pensiones de invalidez. Mientras
que desde el 2019 se sumarán las empresas que cuentan con 100 trabajadores y
más.
En este sentido, Lina Arrieta, presidenta de Apeco, explicó que “hay varios puntos que nos preocupan, uno de
ellos es el promedio anual que dice la ley en cuanto a los trabajadores que se
mantienen vigentes entre enero a diciembre, pero como nosotros tenemos trabajos
temporeros que corresponden a una época del año debemos tener claridad
cuáles son realmente que considera la ley como vigentes y como trabajadores
activos de la empresa de manera de poder cumplir con este 1% de inclusión”.
“La verdad
es que queremos cumplir con la normativa, encontramos maravillosa la
oportunidad para que personas con discapacidad puedan integrarse al trabajo.
Sin embargo, tenemos muchas interrogantes que queríamos tener más claridad,
queremos cumplir dado que somos una agrupación gremial que de una u otra manera
tenemos contratación de mucha mano de obra, unas 15 mil a 18 mil personas, lo
que nos tiene que dar garantías a no caer en ninguna sanción por no dar
cumplimiento a la normativa”.
El Seremi del Trabajo, Carlos Leal, reafirmó su
compromiso de establecer canales de diálogo con todos los sectores y dijo que
“nuestro presidente Sebastián Piñera nos ha mandatado a ponernos al servicio de
la ciudadanía y en este sentido hemos puesto a disposición la Dirección del
Trabajo para que reciba las consultas y aclare duda mediante lo estipulado en
la normativa. También nos hemos reunido con las diferentes agrupaciones de
personas en situación de discapacidad para conocer sus inquietudes en este
mismo escenario, que es la implementación de la ley 21.015”.
En este caso la normativa indica que las empresas
deberán informar electrónicamente a la Dirección del Trabajo el número total de
trabajadores y el número de personas con discapacidad o asignatarios de una
pensión de invalidez que deben ser contratadas. Al mismo tiempo, deben informar
el número vigente de este tipo de contratos.
Al respecto, Verónica Rodríguez, Directora del
Trabajo (s), explicó que “la preocupación del sector agrícola es que en algunos
meses ellos tienen una alta dotación de trabajadores la cual no permanece en
todo el año, entonces este 1% en algunos meses se transformaría hasta en un 20%
de su dotación. Por lo que esa preocupación es totalmente válida”.
“En este momento tenemos una ley que debe ser aplicada y la Dirección
del Trabajo ante las dudas por parte de las empresas en cuanto a la aplicación
de la ley, están las consultas que nosotros podemos subir a nivel del
departamento jurídico de la DT y desde ahí emitir un documento de
jurisprudencia administrativa de la aplicación”, agregó Verónica Rodríguez.
La ley de inclusión laboral incentiva y amplía las
posibilidades laborales de las personas registradas con algún tipo de
discapacidad o que sean asignatarias de pensiones de invalidez, debiendo las empresas
con 100 o más trabajadores disponer del 1% de su dotación para tales efectos.
De no ser posible cumplir con esta obligación, la ley permite a las empresas
adoptar medidas alternativas.