
Este mes de octubre es
un mes de toma decisiones para aquellos que han pensado presentarse y competir
por el cargo de Gobernador Regional el año 2020. Aquellos que ejercen cargos establecidos en
el artículo 23 ter de la Ley19.175”
Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional”,están
contra el tiempo y cada día que pasa es fundamental para definir su
participación, debiendo por ende renunciar al cargo que ocupan.
La Directora
Regional de Atacama, María Isabel Barón Cailly manifestó que hay inhabilidades
señaladas en la ley para determinadas autoridades que están en ejercicio de un cargo,
los que deben presentar su renuncia en el plazo de un año, es decir, a más
tardar el día 25 de octubre del año en
curso. De esta forma, previa
renuncia en el plazo ya mencionado queda
habilitado para postular y presentarse en la elección de Gobernador Regional.
Al
respecto, las personas que deben renunciar son aquellas establecidas en el artículo 23 ter de la Ley 19.175, a las
cuales les afectan las inhabilidadeslas que se indican entre ellas, por
mencionar algunos; los Ministros de Estado, los Subsecretarios, los Secretarios
Regionales Ministeriales, los Diputados y Senadores, los Alcaldes y Concejales,
los miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicialdel
Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, del Tribunal Calificador de Elecciones, del Tribunal Electoral Regional yotros.
Si esta
información no fuere suficiente, puedeconsultar en la pág. www.servel.cl (link Información
Electoral; catálogo de inhabilidades incompatibilidades de cargos Elección
popular) o en la Dirección Regional Copiapó.