
Este
recurso de protección se enmarca en la gestión que lleva adelante la
Municipalidad de Vallenar, a través de su Departamento de Salud, esencialmente,
al adoptar medidas locales orientadas a prevenir el contagio del Covid-19 entre
los habitantes de la comuna, tarea que hasta el momento ha resultado exitosa,
ya que no existe ningún infectado o contagiado, esfuerzo que sin embargo pierde
vigor y sentido al no existir la medida precautoria desde el nivel central
reclamada en esta presentación, por cuanto continúa el flujo de personas que
entran y salen de este territorio.
Por
lo tanto, la Ilustre Municipalidad de Vallenar, representada por el alcalde
Cristian Tapia Ramos, solicita derechamente que “se ordene a la autoridad
recurrida que, en uso de sus facultades constitucionales, decrete medidas que
restrinjan la libertad de circulación de las personas en la región por un plazo
no inferior a 14 días, período hasta la fecha detectado como de contagio del
virus”, presentando como argumento de fondo que “la vida, integridad física y
psíquica de los habitantes de la región -incluido el suscrito- se encuentran
directamente amenazadas, en tanto no se adopten eficaces medidas de aislamiento
social, toda vez que, como es sabido, el contagio se provoca o produce por el
contacto personal (…)”, advirtiendo que “un aumento exponencial del número de
infectados haría colapsar nuestra capacidad de atención en centros y hospitales
e incrementaría con mayor gravedad esta dramática situación (…).