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La vocera regional del Gobierno afirmó que “tenemos un
enemigo común y ante la adversidad, la única fórmula para combatirlo, es a
través de la unidad, la comprensión, el amor por el prójimo, el amor por la
familia y todos nuestros seres cercanos. Si todos colaboramos con sentido
republicano, no tengo dudas que superaremos esta emergencia”.
Con
el objetivo de promover un mayor nivel de cumplimiento de las medidas
sanitarias dispuestas (en el contexto de la pandemia) y proteger la salud de
todos los chilenos, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que aumenta
las penas por el incumplimiento de las medidas de aislamiento o preventivas dispuesta
por la autoridad sanitaria, en caso de epidemia o pandemia.
En
este marco la Secretaria Regional Ministerial de Gobierno, María Francisca
Plaza Velis, valoró, destacó y agradeció la iniciativa. “Con esta pandemia aquí
en Atacama y en el país, han relucido ciudadanos responsables, valientes y
comprometido con salud y con la vida. No obstante, también ha relucido un importante
grupo de personas muy irresponsables, egoístas y que no cumplen con la medida
de la cuarentena”.
“Por
esta razón el Gobierno, siempre privilegiando la salud y la vida cada
ciudadano, ha encabezado esta iniciativa. Este proyecto de ley busca endurecer
las penas para aquellos que no cumplen con las medidas sanitarias o con las
cuarentenas; para que haya un castigo que sea ejemplificador; para decirles
fuerte y claro que no tienen derecho a comprometer la salud y la vida de todos
los demás por sus conductas irresponsables y egoístas”.
El
Código Penal sanciona a quienes pongan en peligro la salud pública por
infringir las reglas higiénicas o de salubridad publicadas por la autoridad en
tiempo de catástrofe, epidemia o contagio.
Con
esta modificación legal, las sanciones que iban de 61 a 540 días o una multa de
$300 mil a $1 millón, aumentan a un rango de 61 días a 3 años, o a una multa de
$300 mil a $10 millones.
La
ley considera un agravante convocar a espectáculos, celebraciones o
festividades, y en ese caso se considera delito calificado para quien ponga en
riesgo la salud pública, con penas de 541 días a 5 años y multas de $ 1,2
millones a $12,5 millones.
La
iniciativa también sanciona al empleador que ordena al trabajador a infringir
las medidas sanitarias concurriendo presencialmente al trabajo y permite
establecer la responsabilidad penal de la persona jurídica.
La
ley forma parte de los esfuerzos del Gobierno del Presidente Piñera para
promover un mayor nivel de cumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas en
el contexto de la pandemia global de Covid-19 con el fin de proteger la salud
de todos los chilenos.
Para
concluir, la vocera regional del Gobierno, hizo un llamado a seguir respetando
los anuncios de nuestra autoridad sanitaria. “Tenemos un enemigo común y ante
la adversidad, la única fórmula para combatirlo, es a través de la unidad, la
comprensión, el amor por el prójimo, el
amor por la familia y todos nuestros seres cercanos. Si todos colaboramos con
sentido republicano, no tengo dudas que superaremos esta emergencia”.