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CÓDIGO DE AGUAS
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PROVINCIA DEL HUASCO
DGA informa fechas claves asociadas a la reforma al Código de Aguas y el aprovechamiento del recurso hídrico
DGA informa fechas claves asociadas a la reforma al Código de Aguas y el aprovechamiento del recurso hídrico
• La entidad busca aclarar las dudas ante los plazos definidos en el nuevo Código de Aguas.
El Ministerio de Obras Públicas a través de su Dirección General de Aguas (DGA) en Atacama informa sobre los plazos asociados a los ejercicios de derechos de aprovechamiento de aguas, “hay muchas dudas en la ciudadanía y tenemos distintos plazos que los usuarios de aguas deben cumplir según sea el caso”, señaló el Director Regional Rodrigo Sáez Gutiérrez.
Los trámites y fechas claves son:
Regularizaciones: Los usos actuales de las aguas que han sido aprovechados de forma ininterrumpida al menos 5 años antes de la entrada en vigencia el Código de Aguas en 1981, o bien que hayan surgido del proceso de reforma agraria, deben iniciar su trámite de regularización ante la Dirección General de Aguasantes del 6 de abril de 2027, ya que transcurrido ese plazo ya no existirá más la posibilidad de regularizar, perdiendo en el mismo acto la legitimad que acredite su uso.
Derechos no inscritos en el Conservador de Bienes Raíces:Los derechos de aprovechamiento de aguas constituidos por la autoridad competente que no estén inscritos en respectivo Conservador de Bienes Raíces, deberán ser inscritos por sus titulares antes del 6 de Octubre de 2023. El derecho que no esté inscrito en el plazo antes indicado será caducado de forma automática.
Derechos no registrados en el Catastro Público de Aguas: Los derechos de aprovechamiento de aguas que estén inscritos en el Conservador de Bienes Raíces, pero no en el Catastro Público de Aguas de la Dirección General de Aguas, deberán iniciar su trámite de registro antes del 6 de Octubre de 2023. En caso contrario, serán multados por hasta 12 millones de pesos, todas las veces que sea necesario hasta que cumpla la norma.
Exenciones: Respecto a Servicios Sanitarios Rurales (Ex APR), comunidades agrícolas, pequeños agricultores INDAP, Indígenas, Comunidades Indígenas y derechos para la preservación ecosistémica, no aplicará en ningún caso la caducidad, pero sí la multa de hasta 12 millones de pesos, excepto indígenas y comunidades indígenas.
Finalmente, el Director Regional DGA invita los usuarios a estar atentos a las convocatorias de reuniones informativas que también pueden ser solicitadas a través dela SEREMI MOP, las delegaciones presidenciales, municipios, comunidad de aguas, INDAP y CNR. También puede visitar la Dirección General de Aguas Atacama, en calle Rancagua 499, Piso 1 en Copiapó.
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