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DEUDORES DE PENSIÓN
SENADOR PROHENS
PROHENS CELEBRA AVANCE DE SU PROYECTO QUE REFUERZA DERECHOS DE HIJOS DE DEUDORES DE PENSIÓN
PROHENS CELEBRA AVANCE DE SU PROYECTO QUE REFUERZA DERECHOS DE HIJOS DE DEUDORES DE PENSIÓN
Valparaíso.- Durante la jornada de este martes, la Comisión de la Mujer y Equidad de Género del Senado, aprobó de manera unánime y en general, el proyecto de ley de autoría del senador por Atacama, Rafael Prohens Espinosa, que busca modificar la ley N° 21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar el sistema de pago de las pensiones de alimentos, con el objeto de limitar ciertos derechos del padre deudor de pensión de alimentos.
El objetivo detrás de esta modificación, según explicó Prohens, es reforzar la necesidad de que el progenitor deudor cumpla con su deber. “Hoy hemos avanzado en políticas que vayan en contra de la vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes, pero creemos que detrás de este punto, existen otras variables, como la ‘violencia económica’, una fórmula silenciosa y determinante en ciertos aspectos la vida cotidiana de un hijo o hija de padres separados y por sobre todo, de un padre o madre deudor de pensiones.
Asimismo, se señala que “el abandono, los plazos judiciales y los juicios especiales para la tramitación de permisos de viaje”, muchas veces son tiempo muerto, por razones evidentes de desinterés, atentando contra grandes oportunidades de desarrollo para ese hijo o hija, como la participación en giras de estudios, viajes vacacionales, aprendizaje de otros idiomas entre otras actividades.
En esa misma línea, Prohens explicó que se propone incorporar una nueva hipótesis en el registro de deudor, a fin de que, en aquellos casos en los cuales el progenitor deudor se encuentre en el mencionado instrumento, no pueda impedir la salida del país por razones justificadas, lo que de alguna u otra manera “lo invita a involucrarse y cumplir con su deber”, enfatizó el senador por Atacama
El artículo señala que “aquel progenitor que se encuentre incorporado en el registro nacional de deudores de pensión de alimentos, por más de 90 días, no podrá oponerse a la salida del país de sus hijos, salvo casos calificados”.
Aprobado de manera unánime la idea de legislar en la comisión integrada por los senadores; Sanhueza (UDI), Allende (PS), Pascual (PC) y su autor, Prohens (RN), este proyecto continuará su trabajo legislativo, se abre plazo de indicaciones hasta el 8 de marzo y se analizará en particular, entre el ministerio y los asesores de parlamentarios.
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