1.
Aquellas
personas que en las últimas Elecciones Presidenciales y Parlamentarias se encontraron
con la sorpresa que no podían votar,
por estar inhabilitado para ello y desconocen el motivo, debe
consultar en Dirección Regional del
Servicio Electoral correspondiente a su actual domicilio o en cualquiera de las
existentes en el país.
2.
El
motivo de la inhabilidad para
ejercer el derecho a voto (por estar condenado a pena aflictiva), solo puede
ser conocido por la persona interesada y afectada, esta situación es posible revertirla siempre y cuando la causa que originó la inhabilidad sea de aquellas
que permiten recuperar el ejercicio del
derecho a sufragio y así para poder iniciar
el trámite correspondiente una vez
cumplido en los requisitos exigidos en la Ley.