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SERVEL INFORMA SOBRE INHABILIDAD PARA EJERECER EL DERECHO A SUFRAGIO


1.      Aquellas personas que en las últimas Elecciones Presidenciales y Parlamentarias se encontraron con la sorpresa que no podían votar, por estar inhabilitado para ello y desconocen el motivo, debe consultar  en Dirección Regional del Servicio Electoral correspondiente a su actual domicilio o en cualquiera de las existentes en el país.

2.      El motivo de la inhabilidad para ejercer el derecho a voto (por estar condenado a pena aflictiva), solo puede ser conocido por la persona interesada y afectada,   esta  situación es posible revertirla siempre y cuando la causa que  originó la inhabilidad sea de aquellas que  permiten recuperar el ejercicio del derecho a sufragio y así para poder   iniciar el trámite correspondiente una vez   cumplido en los requisitos exigidos en la Ley.





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