Durante el 2017 y 2018 hubo más de 800
denuncias ante la Dirección del Trabajo a nivel nacional.
En medio de
la temporada de mayor actividad del turismo en el país, el subsecretario del
Trabajo, Fernando Arab, hizo un llamado a los empleadores a pagar las propinas
en tiempo y forma a los trabajadores de bares, pubs, restaurantes o de
similares características, tras informar sobre las denuncias realizadas por los
trabajadores ante la Dirección del Trabajo.
“La propina
es muy importante para los trabajadores que laboran en bares, restaurantes y
pubs, por lo mismo es relevante que la normativa actual se cumpla y que los
empleadores no realicen descuentos que no correspondan ni retrasen su pago”,
señaló al subsecretario Fernando Arab.
En Atacama
el Seremi del Trabajo, Carlos Leal, replicó el llamado realizado por el Subsecretario
y manifestó que “en nuestra región tenemos un bajo número de denuncias respecto
a este tema, durante el año no hemos tenido registro y durante el 2018 y 2017
se acumularon sólo 3 denuncias. Sin embargo hacemos el llamado a los
empleadores a cumplir con esta normativa y a los trabajadores que sientan que
no están cumpliendo con sus derechos a efectuar las denuncias de manera de
recabar los antecedentes y acudir con la Inspección del Trabajo correspondiente”.
“Nuestra
preocupación radica en que se pueda cumplir con la normativa, porque sabemos
que en este tiempo muchos jóvenes y estudiantes ingresan al mundo laboral como
trabajadores de temporada y queremos que trabajen de forma protegida, segura y
con el cumplimiento de sus derechos laborales”, enfatizó el Seremi del Trabajo.
Durante los
dos últimos años, las denuncias suman 843 (466 y 377 en el 2017 y 2018, respectivamente).
Entre las más frecuentes están: No dar cumplimiento a disposiciones legales
referidas a propinas (471), No entregar íntegramente las propinas entregadas
por clientes (164), Distribuir las propinas entregadas por cliente (73) y No
liquidar y enterar las propinas
entregadas por clientes mediante tarjetas de créditos (46).
La
autoridad explicó que si bien el 10% de la propina es sugerida para el
consumidor, como se legisló durante el Gobierno anterior del Presidente
Sebastián Piñera, cuando se paga con tarjetas de crédito, de débito, cheques u
otros títulos de crédito, el empleador está obligado a pagar esa gratificación
al trabajador en un plazo máximo de 7 días.
Según
establece la normativa los trabajadores tendrán derecho a percibir todas aquellas
sumas que por concepto de propinas entreguen los clientes de dichos
establecimientos, sea en dinero en efectivo o a través del pago con tarjetas
bancarias al trabajador, además de otros medios de pagos aceptados por el
empleador, tales como cheque. El
empleador no podrá disponer de ellas, deberá entregarlas íntegramente a los
trabajadores y no podrá efectuar descuentos de ninguna naturaleza sobre las
mismas. Tampoco podrá distribuir las propinas, facultad que sólo recae en los
trabajadores que las reciben del cliente, las que se entenderán de su
propiedad.
Tratándose
de pagos con tarjetas de crédito u otros títulos de crédito, el empleador
deberá liquidar y enterar dichas sumas en la fecha en que acuerde con sus
trabajadores, plazo que no podrá exceder de siete días hábiles desde que se
recibieron del cliente. En estos casos, el empleador deberá entregar al
trabajador copia del vale o comprobante en que conste la cantidad total pagada
y el valor del servicio o producto adquirido. Tratándose de eventos especiales
organizados por el empleador y que sean pagados con posterioridad a su
celebración, este plazo se extenderá hasta la fecha de pago de la respectiva
factura, cuando la propina esté incorporada a ella.
Multas
Cabe
recordar que todas las multas por infracciones sobre propinas son de 9
($434.745), 30 ($1.449.150) y 40 ($1.932.200) UTM, dependiendo de si la empresa
tiene entre 1 a 49, 50 a 199 y 200 o más trabajadores.