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Más del 80% de las pensiones de alimentos se encuentran actualmente impagas. Es una situación que se viene sosteniendo hace más de 10 años. Actualmente existe una deuda de más de $180.000 millones por concepto de pensiones.
La realidad de un gran porcentaje
de las mujeres de nuestro país y de nuestra región ha sido vivir una lucha
constante para el pago de pensiones, y es que por distintas razones por las que
una madre, y un padre no mantienen su relación, esto “no debe” estar vinculado
a la relación directa y regular y a su vez a la responsabilidad de la
manutención de ese hijo, hija en común. En alguna parte de este proceso se
olvida que estos son derechos de los niños, niñas y adolescentes de
nuestro país, existiendo una absoluta cultura del incumplimiento de estas
obligaciones. Al revisar los datos podemos ver que una deuda por pensión de
alimentos es menos relevante que una deuda con una casa comercial. Claramente
el sistema de pensiones ha sido insuficiente, es un sistema poco eficiente en
relación con el cumplimiento del pago acordado en los procedimientos realizados
a través de los tribunales de familia.
Al respecto la Seremi Jéssica
Gómez, señala “ es un tema que no solo nos preocupa y si no que también nos
ocupa, sabemos que existe una gran debilidad en el sistema es por eso que el
Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género será parte de una Mesa Técnica de
Pensión de Alimentos la cual tiene por objetivo revisar de manera integral el
porque se producen los actuales niveles de incumplimiento y revisar todos los
proyectos de ley que están actualmente en tramitación”
Con respecto a la situación
actual del retiro del 10% es importante que la comunidad este enterada de como
procederá esto:
Requisitos y para
que opere la retención:
ü El deudor de pensiones deberá
solicitar el retiro de los fondos de la AFP (si no se pide el retiro, no hay
fondos que retener).
ü El demandado deberá tener una Pensión
de Alimentos fijada por sentencia judicial.
ü Deberá existir una deuda vigente en
la causa de alimentos (no se pueden retener fondos para pagar alimentos futuros
o supuestamente debidos).
Gestiones que debe realizar la mujer para que se retenga el
pago:
ü La mujer cuya pensión se adeuda,
deberá tener Clave Única e ingresar al sitio web tramitefacil.pjud.cl.
ü Deberá ingresar a la opción "Retención
judicial el retiro del 10% de las AFP”.
ü Podrá actualizar y completar un
formulario con datos básicos del solicitante, del demandado y de la causa.
ü Deberá hacer click en enviar el
formulario al Tribunal el cual dictará la medida cautelar de retención de
fondos, notificando de lo anterior a la AFP del deudor y ordenará que se liquide
la deuda en la respectiva causa de alimentos.
Finalmente “es importante que todas las mujeres,
hombre y cuidadores que se encuentran en esta situación realicen este trámite,
que es fundamental hacer resguardo por el cumplimiento de un derecho que todo
niño, niña y adolescente tiene. Hay que señalar que como ministerio estamos
trabajando para subsanar esta tremenda injusticia, recordando que la crianza
debe ser compartida tanto el cuidado como en la manutención de los hijas e
hijos” Jéssica Gómez Poblete, Seremi de la Mujer y la Equidad de Género.