La
Secretaria Regional Ministerial de Gobierno, María Francisca Plaza Velis, se
refirió a las palabras del Ministro de Salud, Enrique Paris, refiriéndose a la
región de Atacama y aprovechó la instancia para valorar, detallar y explicar
los alcances de la Ley Nacional del Cáncer.
En
el marco de su balance diario y público, respecto a la emergencia sanitaria, el
Ministro Paris destacó a la región por sus 93.345 test por millón de
habitantes, ya que supera la media nacional de testeo. “Tiene cero exámenes en
espera, felicito a Atacama por su trabajo”, dijo la autoridad.
Al
respecto, la Seremi de Gobierno declaró que “tanto las
autoridades, como los funcionarios del sistema de salud, han estado trabajando
desde el primer día con mucha fuerza y sin descanso. Este es un reconocimiento
del Ministro a todos y todas quienes trabajan día a día para resguardar y
proteger a la comunidad. Al mismo tiempo, sus palabras son para los ciudadanos
responsables de Atacama, quienes sin dudarlo se realizan sus tests cuando la
situación lo amerita. Con estas declaraciones también agradecemos, junto al
Ministro, el trabajo de la Universidad de Atacama que es la que procesa las
muestras en su laboratorio, en una alianza público privada".
Plaza
Velis aprovechó la instancia para detallar los alcances del proyecto que crea
la Ley Nacional del Cáncer. Iniciativa que, por cierto, fue despachada por el
Congreso y quedó lista para su promulgación.
La
iniciativa establece un marco normativo para la planificación, desarrollo y ejecución
de políticas públicas, programas y acciones destinados a establecer las causas
y prevenir el aumento de la incidencia del cáncer, e implementar sus
tratamientos conforme a lo establecido en el Plan Nacional del Cáncer,
incluyendo cuidados paliativos.
La
vocera regional del Gobierno sostuvo que la Ley consta de 5 puntos. “En primer
lugar, crea el Fondo Nacional del Cáncer, que estará destinado a financiar
total o parcialmente los programas y proyectos relacionados con la
investigación y estudio, para la implementación del Programa Nacional del
Cáncer, estudio, evaluación, promoción, desarrollo de iniciativas de
prevención, pesquisa temprana y otros. Este fondo se compone de aportes
provenientes de la Ley de Presupuestos; cooperación internacional; donaciones,
herencias o legados y recursos del Fondo de Desarrollo Regional, y pueden ser
adjudicados mediante concurso público convocado por la Subsecretaría de Salud
Pública de forma semestral”.
“En
segundo lugar, la Ley considera una política de formación de especialistas para
el tratamiento del cáncer, tanto médicos y otros profesionales de la salud como
investigadores, lo cual estará coordinado con el Ministerio de Educación y el
de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. En tercer lugar, la normativa
crea la Red Oncológica Nacional, que constará de centros especializados que
serán parte de la Red Asistencial de Salud, con el propósito de entregar
diagnósticos, tratamientos y seguimiento de los pacientes. Estos centros serán
clasificados como centros de Alta, Mediana y Baja complejidad”, explicó la
autoridad.
En
cuarto término, la Ley crea Registro Nacional de pacientes con cáncer que debe
ser elaborado por la Subsecretaría de Redes Asistenciales, quedando como una
enfermedad de notificación obligatoria y por último, esta iniciativa crea la
Comisión Nacional del Cáncer, la cual deberá asesorar al Ministerio de Salud en
la formulación de las políticas, en la investigación científica, implementación
de estrategias y las demás acciones que se promueven en esta Ley. La Comisión
estará formada por 5 representantes de asociaciones científicas, 3 de
facultades de medicina de universidades acreditadas, y 3 de fundaciones u
organizaciones de pacientes.