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El próximo 31 de diciembre, vence el plazo para que organizaciones de usuarios remitan Registro de Comuneros actualizado a la DGA del MOP
El próximo 31 de diciembre, vence el plazo para que organizaciones de usuarios remitan Registro de Comuneros actualizado a la DGA del MOP
• El objetivo es contar con información precisa sobre los derechos de aprovechamiento de aguas y tener certeza para una mejor gestión en términos de disponibilidad y distribución de las aguas.
Según lo establece el Código de Aguas, en el artículo 122 bis, la DGA cada año solicita a las organizaciones de usuariosel envío del Registro de Comuneros actualizado, trámite cuyo plazo expira el próximo31 de diciembre.
El Director Regional de Aguas del MOP,Rodrigo Sáez Gutierrez, indicó que el registro debe contener los derechos de aprovechamiento de aguas de cada uno de los integrantes de la organización, el número de acciones y las mutaciones de dominio que se produzcan.
“La legislación es clara, el plazo para cumplir dicha gestión es todo el año y expira el 31 de diciembre. Aquellas organizaciones de usuariosque no realicen el envío de la información estarán sujetas a multa y además, no se lesrecepcionará solicitud sobre registros de modificaciones estatutarias o cualquier otra relativa a derechos de aprovechamiento”, informóSáez.
El Director Regional DGA agregó que en Atacama existen 288 organizaciones de usuarios, entre juntas de vigilancias y comunidades de aguas, yque “el objetivo de contar con el Registro de Comuneros debidamente actualizado, es manejar información precisa sobre los derechos de aprovechamiento de aguas existentes y tener certeza para una mejor gestión del recurso hídrico en términos de disponibilidad y distribución de las aguas”.
Cabe señalar que el Código de Aguas, en el artículo 205, indica que la comunidad deberá llevar un Registro de Comuneros en el cual se anotarán los derechos de agua de cada uno de ellos, el número de acciones y las mutaciones de dominio que se produzcan (ventas, herencias, cambio de puntos de captación, etc.). Asimismo, se explicita que no se podrán inscribir dichas mutaciones en el Registro de Comuneros mientras no se practiquen las inscripciones en el Registro de Aguas del Conservador de Bienes Raíces.
El registro debe ser remitido en formato digital al correo electrónico de la oficina de partes virtual de la DGA Atacama dga.partesatacama@mop.gov.cl, de acuerdo al archivo disponible en la página web del Servicio en la sección https://dga.mop.gob.cl/Paginas/oua.aspx.Cualquier consulta relativa a lo anterior, comunicarse con la Dirección Regional al fono(52) 2522266 o presencialmente encalle Rancagua N° 499, edificio MOP, piso 1, Copiapó.
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